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Me vale que sea Testigo de Jehová: Juez de Chihuahua avala transfusión para una niña


Guest Nicole

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Ciudad de México.- Un juez federal ordenó que una menor, quién profesa la religión Testigos de Jehová, enferma de leucemia reciba una transfusión de sangre siempre y cuando hayan intentado con todos los tratamientos alternativos; la decisión fue tomada en base a los derechos de libertad de creencia y religión con el derecho humano a la vida.

El titular del juzgado Octavo del estado de Chihuahua, Mauricio Fernández de la Mora, concedió un amparo a una mujer rarámuri perteneciente a la religión Testigos de Jehová para que su hija enferma de leucemia pueda recibir una transfusión de sangre, acción que no aceptan los creyentes de dicha religión.

Para llegar a esta decisión se revisaron los derechos de vida y libertad de creencias, consentimiento informado y toma de decisiones, respecto a tratamientos médicos; pero se le dio mayor peso a que la niña aún no es capaz de comprender las decisiones médicas sobre su salud y se privilegió el derecho a la vida.

Además en el comunicado se informa que se instó a los tres poderes del Estado de Chihuahua, para que se realicen las reformas correspondientes para la creación de un protocolo y procedimiento para que los doctores, en caso de la negativa del consentimiento de los padres para administrar tratamientos a menores, en lugar de acudir a la Subprocuraduría del Menor, se presenten ante un juez de lo familiar para argumentar el caso, y que sea ese juzgador quien analice las circunstancias.

http://canal44.com/me-vale-que-sea-testigo-de-jehova-juez-de-chihuahua-avala-transfusion-para-una-nina/

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Ordena juez aplicar transfusión a niña Testigo de Jehová con leucemia

Un juez federal ordenó que una niña de cinco años de edad, enferma de leucemia, reciba una transfusión de sangre, una vez que se hayan agotado los tratamientos médicos alternativos, en virtud de que profesa la religión Testigos de Jehová.

El juez Mauricio Fernández de la Mora, titular del Juzgado Octavo de Distrito en el estado de Chihuahua, concedió el amparo a una mujer de la etnia rarámuri, que profesa aquella religión, para que se transfunda sangre a su hija menor de edad, afectada por leucemia, siempre y cuando se hayan agotado otros medios o tratamientos alternativos, como los que propusieran diversos médicos, incluyendo oncólogos del Centro de Cancerología de Chihuahua.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF), en una nota informativa, señaló lo anterior y sostuvo que el juez federal, luego de ponderar los derechos de libertad de creencia y religión con el derecho humano a la vida, asumió dicha resolución.

En la sentencia se revisó el derecho fundamental de libertad de creencia y religión, así como los derechos a una segunda opinión, consentimiento informado y toma de decisiones, respecto a tratamientos médicos.

Sin embargo, debido a la falta de madurez de la niña para comprender el alcance del acto médico sobre su salud, se privilegió el derecho a la vida; por lo que en caso de ser necesario, se autorizó a los médicos a realizar los tratamientos necesarios para proteger la vida de la menor, incluyendo la transfusión sanguínea.También se determinó como discriminatoria e ilegal la tutela que asumió la Subprocuraduría del Menor, debido a la falta de consentimiento por parte de la quejosa para autorizar la transfusión de sangre a su hija.

En consecuencia, para evitar que se repitan actuaciones arbitrarias, discriminatorias y denigrantes hacia padres de familia, se dio vista a los tres poderes del estado de Chihuahua, para que se realicen las reformas correspondientes para la creación de un protocolo y procedimiento para que los doctores, en caso de la negativa del consentimiento de los padres para administrar tratamientos a menores, en lugar de acudir a dicha Subprocuraduría, se presenten ante un juez de lo familiar para argumentar el caso, y que sea ese juzgador quien analice las circunstancias, escuche a las partes y resuelva lo correspondiente.

http://www.cronica.com.mx/notas/2017/1033386.html

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Dentro de la Ciencia Jurídica, la tutela del derecho a la vida es principio clave para el ejercicio de los demás derechos. Sin embargo, en ocasiones, el derecho a la vida colisiona con otros derechos, como por ejemplo cuando hablamos de la pena de muerte como medida extrema de control por parte del Estado para combatir el crimen y sus manifestaciones.

Durante las últimas décadas el derecho a la vida se ha estudiado por los Tribunales en México con motivo de los casos por la despenalización del aborto en la CDMX, y por el polémico caso de la eutanasia.

Ahora bien, en recientes fechas se registró un precedente muy interesante en el que se ponderó el derecho a la libertad de creencia y el derecho a la vida. En este asunto, una niña de cinco años desarrolla leucemia, por lo cual su madre acude a un hospital para su debida atención y tratamientos, entre los que incluyen las transfusiones de sangre.

Cabe señalar que la mujer pertenece a la etnia Rarámuri y profesa la religión Testigos de Jehová por lo cual sus creencias religiosas prohíben la práctica de transfusiones de sangre.  En consecuencia, la madre no consintió la transfusión.

En virtud de lo cual el departamento de trabajo social del hospital reportó el hecho ante la Subprocuraduría del Menor de Chihuahua, quien ordenó el tratamiento. En razón de ello, la madre promovió un juicio de amparo para evitar que se transfunda sangre a su hija.

En la resolución, el juez de Distrito revisó el derecho fundamental de libertad de creencia y religión, así como los derechos a una segunda opinión, consentimiento informado y toma de decisiones, respecto a tratamientos médicos, con lo cual resolvió amparar a la madre para el efecto de que la niña no sea transfundida sin antes agotarse otros medios o tratamientos alternativos, como los que propusieran diversos médicos, incluyendo oncólogos del Centro de Cancerología de Chihuahua, a fin de preservar la vida de la menor.

rodrigomoreno20@hotmail.com

http://www.cronicajalisco.com/notas/2017/78878.html

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