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Plantean que Estado pueda intervenir en autonomía familiar


Guest Nicole

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Plantean negar un amparo a los padres de una niña, miembros de la etnia rarámuri y Testigos de Jehová. (Foto: Jesús Quintanar)

Cuando esté en riesgo la vida o la salud de un menor de edad por creencias religiosas, el Estado sí puede intervenir en la autonomía familiar, establece un proyecto de sentencia que será discutido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea planteará negar un amparo a los padres de una niña de siete años, miembros de la etnia rarámuri y Testigos de Jehová, quienes se oponen a transfusiones de sangre para su hija que padece leucemia linfoblástica aguda. La decisión de los padres se funda en las creencias de su religión, quienes entienden que la Biblia prohíbe categóricamente a los seres humanos el uso de sangre de cualquier forma y por cualquier vía; por esta razón, los papás demandaron tratamientos alternativos, pero ninguno es tan efectivo como las transfusiones que mantienen viva a la menor. Arturo Zaldívar menciona que los menores tienen derecho a recibir el tratamiento que mayores probabilidades tenga de recuperar su salud y librarlos de un riesgo fatal. “Por esa razón, si el tratamiento alternativo tiene un resultado mucho más pobre o no comparable con el uso de transfusiones sanguíneas, si el tratamiento no se encuentra disponible, o bien, si no existe evidencia que garantice su grado de eficacia, el Estado debe reemplazar la decisión de los padres y autorizar el tratamiento indicado, pues solamente a través de esa intervención podrá protegerse la vida del menor”, detalla el proyecto del ministro. Antecedentes Luisa “N” y Manuel “N” procrearon dos niñas: Carmen “N” y Clara “N”, quienes nacieron en 2006 y 2011, respectivamente. En abril de 2017 Clara presentó signos de varicela, por lo que su mamá la llevó a consulta. El 19 del mismo mes la niña fue examinada y el médico tratante informó a Luisa que Clara probablemente padecía leucemia linfoblástica aguda, por lo que era urgente llevarla al Hospital Infantil de Especialidades de Chihuahua. La niña fue atendida en el área de urgencias ese mismo día; los médicos explicaron a la madre las implicaciones en la salud de la menor a raíz del probable diagnóstico. Dos horas después, una hematóloga realizó una evaluación del estado de salud de Clara y la doctora concluyó que la niña presentaba un cuadro infeccioso viral, por lo cual solicitó el pase de la menor a terapia intermedia, el inicio de tratamientos antivirales, antibióticos y hemoderivados (productos derivados de la sangre). La hematóloga informó a los padres de la gravedad de Clara, así como del tratamiento médico que consideraba idóneo, incluyendo la realización de transfusiones sanguíneas. No obstante, los papás comentaron que su deseo era buscar una medida alternativa. Ante esta situación, la trabajadora social del hospital consideró que debía ponerse a la menor a disposición de la Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes del distrito judicial Morelos, Chihuahua, para llevar a cabo el tratamiento de transfusión, debido a la gravedad de la menor y la oposición de los padres a dicho tratamiento. Lo anterior llevó a Luisa a presentar un amparo en contra de la determinación de la subprocuraduría, que asumió la tutela sobre su menor hija, con el fin de autorizar los procedimientos médicos que fueran necesarios. http://www.milenio.com/policia/plantean-que-estado-pueda-intervenir-en-autonomia-familiar

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Guest Nicole

SCJN ordena transfusión urgente a hija de Testigos de Jehová

Los padres de Clarita se oponen a la transfusión por sus creencias religiosas, la SCJN determinó que sí debe hacerse.

15/08/2018 22:59 / Ciudad de México

Por orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Clarita, la pequeña rarámurí de 6 años, podrá recibir las transfusiones sanguíneas que sean necesarias para tratar su leucemia; a pesar de la resistencia de sus padres, quienes rechazaron el tratamiento porque va contra los principios de la religión de los Testigos de Jehová, la cual profesan desde hace años.

Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, se resolvió privilegiar el derecho a la vida por encima a la libertad religiosa; pues se consideró que si bien los padres tienen el derecho a tomar decisiones libres sobre sus hijos, tanto en el campo de la salud como en el campo de la educación religiosa, este derecho tiene como límite no poner en riesgo la salud y vida de sus hijos.

La sala negó amparar a los padres de Clarita, tras explicar que se pone en riesgo la vida de un niño cuando los padres, privilegiando sus creencias religiosas, se rehúsan a seguir un tratamiento que ya ha sido acreditado por la comunidad médica como el procedimiento más efectivo para tratar determinada condición letal; es decir, aquél que no presenta una disputa científica sustancial sobre su eficacia y confiabilidad. 

En el caso se resolvió que debía sustituirse la voluntad de los padres de la menor, pues el tratamiento indicado por la ciencia médica consiste, precisamente, en la realización de quimioterapias acompañadas de transfusiones sanguíneas, por lo que a juicio de la Sala debe autorizarse el tratamiento indicado por el personal médico, pues solamente a través de esa intervención podrá protegerse la vida de la menor. 

En el caso, Clarita la niña de seis años con leucemia linfoblástica aguda ingresó a un hospital en estado de urgencia. Los médicos indicaron que la menor requería transfusiones sanguíneas; no obstante, sus padres se opusieron en ejercicio de su libertad religiosa. 

Avisada de esta delicada situación, y después de escuchar a los padres y médicos, la Subprocuraduría de menores asumió la tutela de la niña para autorizar el tratamiento indicado.

http://ftp.tabascohoy.com/nota/450490/scjn-ordena-transfusion-urgente-a-hija-de-testigos-de-jehova

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Guest Nicole

Testigos de Jehová se niegan a tratar leucemia de su hija por creencias religiosas

Ante la negativa, una trabajadora social del Hospital Infantil de Especialidades de Chihuahua, reportó el caso a la Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes de Chihuahua, para que la decisión de realizar la transfusión de la menor quedara en otras manos que no fueran las de sus padres.

Luego de analizar cuidadosamente la situación, la subprocuraduría sustituyó la autoridad de los padres y autorizó las transfusiones, mismas que se aplicarían a lo largo de 15 días.

Sin embargo, María Ignacia Chávez, madre de la infante, indicó que la instancia la discriminó a ella y a su marido por, supuestamente, “su origen indígena”, haciéndolos “sentir demasiado ignorantes” como para tomar la mejor decisión respecto al tratamiento que su hija debía recibir, por lo que interpuso un amparo que fue aprobado por el juez Mauricio Fernández.

Y allí habría quedado el caso, de no ser porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), intervino para revocar la sentencia y autorizar el tratamiento médico que necesita Saraí.

Leer más: https://noticieros.televisa.com/historia/testigos-de-jehova-se-niegan-a-tratar-leucemia-de-su-hija-por-creencias-religiosas/

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