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Según el TJUE, los Testigos de Jehová también deben respetar la norma de protección de datos


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Bruselas (EuroEFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este martes que la comunidad de los Testigos de Jehová, junto con sus predicadores, es responsable del tratamiento de la información que recogen en sus visitas puerta a puerta y debe respetar la normativa europea de protección de datos personales.

La corte europea se pronunció así a raíz de un caso abierto en Finlandia, donde la Comisión de Protección de Datos nacional prohibió en 2017 a los Testigos de Jehová en el país recoger o tratar datos personales si no respetaban las leyes en la materia.

El Tribunal Supremo finlandés pidió al TJUE determinar si deben respetar esas normas porque sus miembros, en sus visitas, suelen tomar notas que incluyen datos personales como nombre, dirección, convicciones religiosas o situación familiar que son utilizados después por los miembros de la comunidad.

En su sentencia, el TJUE considera que la predicación puerta a puerta que hacen los Testigos de Jehová no está exenta de cumplir la ley porque no se trata de una actividad exclusivamente personal o doméstica, aunque esté protegida por el derecho fundamental a la libertad de conciencia y religión.

http://euroefe.euractiv.es/1311_actualidad/5512565_segun-el-tjue-los-testigos-de-jehova-tambien-deben-respetar-la-norma-de-proteccion-de-datos.html

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Los testigos de Jehová deberán informar a los ciudadanos con los que tratan de los datos que han recogido sobre ellos y pedirles su consentimiento para guardarlos y utilizarlos. Así lo ha decidido este martes una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. Los jueces comunitarios creen que la información que almacenan los miembros de esta comunidad religiosa, como cualquier otra, no debe quedar exenta de cumplir la norma de protección de datos europea, y la forma de obtenerla ha de ajustarse a las reglas.

https://elpais.com/internacional/2018/07/10/actualidad/1531209808_417569.html

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